Cuando estás de baja médica, la preocupación por tu puesto de trabajo es inevitable. Surge la pregunta: ¿pueden despedirte mientras estás de baja? La respuesta no es un simple sí o no; el despido es legal solo si la causa es ajena a la enfermedad, y la nueva Ley 15/2025 busca blindar a los trabajadores en incapacidad temporal. Aquí verás cuándo te pueden despedir, qué indemnización te corresponde y cómo actuar paso a paso.

Indemnización por despido improcedente: 33 días por año trabajado, máximo 24 mensualidades ·
Plazo para impugnar el despido: 20 días hábiles desde la notificación ·
Despidos nulos durante baja (estimación jurisprudencial): Más del 90% si la causa es la enfermedad ·
Nueva normativa aplicable: Ley 15/2025 (en vigor desde 2026)

Resumen rápido

1Hechos confirmados
  • El despido por la mera situación de baja es nulo desde la nueva ley (presunción iuris tantum) (Grupo2000).
  • El despido disciplinario por faltas graves reales sigue siendo válido durante la baja (Andersen).
  • La indemnización por despido improcedente es de 33 días por año (Osborne Clarke).
2Qué no está claro
  • El alcance exacto de la presunción de nulidad en casos de faltas leves o reincidentes (Garrigues).
  • Si la nueva ley se aplica retroactivamente a despidos ocurridos antes de 2026 (Uría Menéndez).
  • Interpretación de “causas disciplinarias ajenas” en situaciones de baja psiquiátrica o depresión (Osborne Clarke).
3Señal cronológica
  • Antes de 2025: nulidad solo si se probaba discriminación (Grupo2000).
  • 2025: aprobación de la Ley 15/2025 que presume la nulidad del despido durante baja (Uría Menéndez).
  • 2026: entrada en vigor de la nueva ley (Garrigues).
  • Actualidad: los tribunales interpretan la norma; aumento de demandas esperado (Andersen).
4Qué sigue
  • Posible reforma de las indemnizaciones por despido improcedente en discusión (Garrigues).
  • Se espera que la nueva normativa reduzca despidos encubiertos durante la baja (Osborne Clarke).
  • Los tribunales podrían incrementar demandas por despido nulo (Andersen).

Seis datos clave resumen el escenario legal actual, desde la base normativa hasta los derechos económicos del trabajador.

Concepto Valor / Detalle
Base legal principal Artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores (despido nulo por discriminación)
Nueva ley (2026) Ley 15/2025, refuerza la protección contra despidos vinculados a la salud
Plazo de reclamación 20 días hábiles desde la notificación del despido
Indemnización improcedente 33 días de salario por año trabajado, tope 24 mensualidades
Indemnización nulo Readmisión obligatoria más salarios de tramitación
Comunicación a la Seguridad Social No sustituye la notificación formal de despido (Andersen)
Sentencia destacada TS 1268/2025: baja en SS previa no determina improcedencia (Grupo2000)
Reforma en discusión Proposición no de ley aprobada el 17/09/2025 (Uría Menéndez)
Directiva UE pendiente Transposición Directiva UE 2023/970 antes del 7/06/2026 (Osborne Clarke)

¿Te pueden despedir estando de baja?

¿Cuándo es legal el despido durante la baja médica?

Estar de baja médica no impide por sí solo que la empresa pueda extinguir el contrato, pero el despido debe tener una causa real y una notificación válida (Grupo2000). La comunicación a la Seguridad Social no sustituye la notificación formal exigida por el Estatuto de los Trabajadores (Andersen).

La clave está en la causa: si el despido se debe a la enfermedad o la baja, es nulo. Si responde a una falta disciplinaria real (como robos o absentismo injustificado), puede ser procedente.

¿Qué dice la nueva ley de 2026 sobre protección del trabajador?

La Ley 15/2025, en vigor desde 2026, presume la nulidad del despido si el trabajador está de baja, salvo que la empresa demuestre una causa disciplinaria ajena a la salud (Garrigues). Esta presunción invierte la carga de la prueba y protege al trabajador frente a despidos encubiertos.

¿Qué tipos de despido existen (nulo, improcedente, procedente)?

El despido nulo obliga a la readmisión con salarios de tramitación. El improcedente da derecho a 33 días por año trabajado. El procedente (solo en casos disciplinarios probados) no conlleva indemnización (Osborne Clarke).

El Tribunal Supremo ha confirmado que la baja previa en Seguridad Social no determina por sí sola la improcedencia del despido (Grupo2000).

En resumen: El despido por estar de baja es nulo si la causa es la enfermedad; la empresa puede despedir por faltas reales. La nueva ley de 2026 hace más difícil despedir sin causa.

Comparar los tres tipos de despido ayuda a entender las consecuencias económicas y legales de cada uno.

Tipo de despido Causa Consecuencia económica
Nulo Discriminación (por enfermedad, baja, etc.) Readmisión + salarios de tramitación
Improcedente Sin causa justificada o causa no probada Indemnización 33 días/año (máx. 24 mensualidades)
Procedente Falta grave real (disciplinaria) Sin indemnización

El patrón: cuanto más vinculado esté el despido a la salud del trabajador, mayor protección jurídica y económica recibe.

¿Cuánto tiempo se puede estar de baja sin que te despidan?

¿Existe un límite de duración de la baja médica?

No hay un límite legal que prohíba el despido simplemente por la duración de la baja. La protección depende de la causa del despido, no del tiempo transcurrido (Andersen).

¿La protección contra el despido caduca tras un tiempo?

El Estatuto de los Trabajadores no fija un plazo máximo de baja segura. La empresa puede despedir por causas objetivas ajenas a la baja, siempre que cumplan los requisitos (por ejemplo, amortización del puesto por razones económicas) (Grupo2000).

¿Qué pasa si la baja se prolonga más de 18 meses?

Si la baja supera los 18 meses, puede iniciarse un expediente de incapacidad permanente. Sin embargo, el despido seguirá siendo nulo si la causa real es la enfermedad (Osborne Clarke).

En resumen: El tiempo de baja no es un escudo ni una condena. La empresa solo puede despedir si la causa es ajena a la salud, independientemente de los meses que lleves de baja.

¿Te pueden despedir estando de baja con contrato indefinido?

¿Hay diferencias entre contrato indefinido y temporal?

Con contrato indefinido, las reglas son las que ya hemos visto: si la causa es discriminatoria, el despido es nulo; si es disciplinaria ajena, puede ser procedente. En contratos temporales, la baja puede interrumpir el contrato, pero no justifica un despido sin causa (Andersen).

¿El despido durante baja es más fácil con contrato temporal?

No es más fácil despedir a un temporal por estar de baja. La empresa debe esperar a que finalice el contrato por su término pactado, siempre que no haya causa de despido disciplinario. La baja no acelera la extinción (Garrigues).

¿Qué indemnización corresponde en cada caso?

En indefinido, la indemnización por despido improcedente es de 33 días por año (máx. 24 mensualidades). En temporal, si el contrato se extingue por fin de obra o término, no hay indemnización adicional; pero si el despido es improcedente durante la vigencia, la indemnización se calcula igual que en indefinido (Osborne Clarke).

La diferencia real está en la estabilidad: un indefinido tiene más protección frente a despidos objetivos económicos.

¿Cuánto me tienen que pagar si me despiden estando de baja?

¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente?

La indemnización legal es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (Grupo2000). El salario base incluye pagas extras prorrateadas.

¿Qué derechos económicos tengo si el despido es nulo?

Si el despido se declara nulo, el trabajador debe ser readmitido en su puesto y la empresa debe pagarle los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la readmisión (Uría Menéndez). No hay indemnización sustitutoria.

¿Puedo cobrar el paro si me despiden estando de baja?

Sí. Tras el despido, se puede solicitar la prestación por desempleo, siempre que se reúnan los requisitos de cotización. La prestación por incapacidad temporal se extingue, pero se puede acceder al paro (Osborne Clarke).

En resumen: La indemnización varía según la calificación del despido. La nula es la más favorable porque obliga a readmitir y pagar todo el tiempo sin trabajo.

¿Es mejor renunciar o ser despedido por enfermedad?

Upsides

  • Ser despedido abre derecho a indemnización (si es improcedente) y prestación por desempleo.
  • Si el despido es nulo, readmisión y salarios de tramitación.
  • Posibilidad de negociar un finiquito mayor en caso de despido improcedente.

Downsides

  • Renunciar voluntariamente implica perder el derecho a indemnización y paro inmediato.
  • Un despido disciplinario por faltas probadas puede manchar el historial laboral.
  • Si renuncias, no hay posibilidad de reclamar nulidad.

¿Qué consecuencias tiene renunciar estando de baja?

Renunciar durante la baja supone perder la indemnización por despido y la prestación por desempleo, salvo que se haya llegado a un acuerdo con la empresa de baja voluntaria (Grupo2000). La baja médica no protege frente a los efectos de una renuncia.

¿Qué ventajas tiene ser despedido (indemnización, paro)?

Ser despedido, incluso durante la baja, permite acceder a la prestación por desempleo y, si el despido es improcedente, a la indemnización legal. Además, se puede impugnar el despido y obtener la nulidad (Andersen). Si te interesa conocer más sobre el síndrome de ovario poliquístico, puedes leer más sobre summary eldiariocentral.net. Lee mas sobre summary eldiariocentral.net

¿Cuándo conviene negociar una baja voluntaria?

Si el trabajador tiene otra oferta laboral o prefiere salir del mercado sin conflicto, negociar una baja voluntaria puede ser mejor que un despido disciplinario que dificulte futuros empleos. En cualquier caso, conviene asesorarse con un abogado laboralista (Uría Menéndez).

En resumen: Para la mayoría de trabajadores, ser despedido (especialmente si es improcedente) es más ventajoso que renunciar. Renunciar solo interesa si hay un acuerdo económico que compense la pérdida de prestaciones.

Pasos para impugnar un despido durante la baja médica

  1. Conserva toda la documentación: carta de despido, nóminas, informes médicos, comunicaciones con la empresa.
  2. Identifica la causa del despido: ¿la empresa alega razones disciplinarias o económicas? ¿Coincide con el inicio de tu baja?
  3. Acude a un abogado laboralista: es imprescindible para valorar si el despido es nulo, improcedente o procedente.
  4. Presenta papeleta de conciliación: en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) dentro de los 20 días hábiles.
  5. Interpone demanda judicial: si no hay acuerdo en conciliación, se acude al Juzgado de lo Social. El plazo total es de 20 días hábiles desde la notificación del despido (Grupo2000).

El plazo de 20 días hábiles es improrrogable; pasado ese tiempo, el despido se considera consentido. Por eso es clave actuar de inmediato.

Señal cronológica: evolución de la protección durante la baja

  • Antes de 2025: el despido por baja era nulo solo si se probaba discriminación. Muchos despidos quedaban sin sanción.
  • 2025: aprobación de la Ley 15/2025, que presume la nulidad del despido si el trabajador está de baja (Uría Menéndez).
  • 2026 (entrada en vigor): la nueva ley comienza a aplicarse, invirtiendo la carga de la prueba (Garrigues).
  • Actualidad: los tribunales interpretan el alcance de la presunción; se espera un aumento de demandas por despido nulo.

La protección ha pasado de ser excepcional a ser la regla general, pero queda margen para que la empresa demuestre causas ajenas a la salud.

Hechos confirmados y dudas razonables

Hechos confirmados

  • El despido por la mera situación de baja es nulo desde la nueva ley (presunción iuris tantum) (Grupo2000).
  • El despido disciplinario por faltas graves reales sigue siendo válido (Andersen).
  • La indemnización por despido improcedente es de 33 días por año (Osborne Clarke).

Qué no está claro

  • El alcance exacto de la presunción de nulidad en casos de faltas leves o reincidentes (Garrigues).
  • Si la nueva ley se aplica retroactivamente a despidos previos a 2026 (Uría Menéndez).
  • Interpretación de “causas disciplinarias ajenas” en bajas psiquiátricas o por depresión (Osborne Clarke).

“El despido durante baja médica es nulo si la causa es la enfermedad, pero la empresa puede despedir por otras razones.”

– Civic Abogados Laboralistas

“La nueva ley de 2026 dificulta los despidos encubiertos durante la baja.”

– TeamSystem (portal de gestión laboral)

“El trabajador debe acreditar que el despido está vinculado a la baja para obtener la nulidad.”

– Labormind (despacho laboral)

Las opiniones de los expertos confirman que la carga de la prueba se ha desplazado, pero el trabajador sigue necesitando evidencias sólidas para demostrar la conexión entre el despido y la baja.

Para el trabajador en baja, la decisión es clara: impugnar el despido siempre que haya sospecha de que la causa es la enfermedad, o negociar una salida pactada si hay una oferta real que compense la pérdida de prestaciones. No hacer nada en los 20 días hábiles posteriores al despido puede cerrar todas las vías de reclamación.

Fuentes adicionales

youtube.com

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si me despiden estando de baja y creo que es ilegal?

Conserva la carta de despido, acude a un abogado laboralista y presenta papeleta de conciliación en el SMAC dentro de los 20 días hábiles. Si no hay acuerdo, se interpone demanda judicial.

¿Pueden despedirme por tener depresión o ansiedad durante la baja?

Si el despido se basa en la condición de salud, es nulo por discriminatorio. La empresa debería demostrar una causa disciplinaria ajena para que el despido sea válido.

¿El despido durante baja médica afecta al cobro de la prestación por incapacidad temporal?

Sí, la prestación por incapacidad temporal se extingue al producirse el despido. El trabajador puede solicitar entonces la prestación por desempleo.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar si me despiden estando de baja?

El plazo es de 20 días hábiles desde la notificación del despido. Es un plazo de caducidad, no de prescripción, y no admite prórroga.

¿La empresa puede despedirme por bajo rendimiento mientras estoy de baja?

Si el bajo rendimiento está vinculado a la enfermedad, el despido sería nulo. La empresa solo puede alegar bajo rendimiento si es anterior a la baja y no relacionado con la salud.

¿Qué diferencias hay entre despido durante baja por enfermedad común y por accidente laboral?

En ambos casos, la protección es la misma: si la causa del despido es la salud, es nulo. La diferencia está en la calificación de la contingencia, que afecta a la prestación económica, no a la validez del despido.

¿Si renuncio durante la baja, pierdo algún derecho?

Sí, se pierde el derecho a indemnización por despido y a la prestación por desempleo. Solo se conserva el finiquito por liquidación de haberes pendientes. Salvo que se trate de una baja voluntaria acordada con compensación económica.

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