Garrido denuncia Madrid Central ante la Justicia por invadir sus competencias

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Actualizado Miércoles, 21 noviembre 2018 – 13:57

El presidente de la Comunidad de Madrid, Ángel Garrido, con el recurso contra Madrid Central S. ENRÍQUEZ
  • La Comunidad de Madrid alega en su recurso que el proyecto municipal necesitaba un informe «previo y preceptivo» de la Consejería de Transportes
  • Los paneles con los aparcamientos de Madrid Central no estarán hasta mayo

La Comunidad de Madrid ha presentado finalmente este miércoles un recurso contencioso-administrativo contra la Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de la capital con la que se creó Madrid Central, el proyecto para prohibir -salvo excepciones- la circulación de vehículos privados en una superficie de 472 hectáreas en torno a la Puerta del Sol. El principal argumento del Gobierno de Ángel Garrido es que la iniciativa de movilidad promovida por el equipo de Manuela Carmena «afecta a competencias autonómicas».

Tal y como ha explicado el propio presidente regional en una rueda de prensa monotemática, la medida carece de un informe «previo, preceptivo y favorable» de la Consejería de Transportes, que es el organismo encargado de la «planificación» en este materia ante medidas de movilidad con impacto «en más de un municipio». Éste es uno de los 10 motivos por los que ha solicitado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la suspensión cautelar de las restricciones al tráfico, que está previsto que entren en vigor el 30 de noviembre.

En la Comunidad argumentan que el recurso está «muy razonado y muy bien fundamentado» y señalan que sus servicios presentarán «probablemente esta misma semana» otro en la misma línea contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento que dio luz verde al expediente en el que se desarrolla Madrid Central. No obstante, en la Puerta del Sol no se atreven a aventurar si confían en que el TSJM decrete una paralización preventiva del proyecto mientras analiza el fondo de la cuestión, una cuestión que Garrido ha zanjado mostrando su «confianza en la Justicia sin más».

Éstos son los 10 argumentos esgrimidos por el Ejecutivo autonómico para tratar de evitar la puesta en marcha de las limitaciones al vehículo privado en el centro:

1. Falta de trámites e informes preceptivos de la Dirección General de Organización, Régimen Jurídico y Formación de la Gerencia de la Ciudad, del Consorcio Regional de Transportes, de la Consejería de Transportes y del Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras.

2. Ausencia de informe de impacto económico de la normativa que analice el coste de su entrada en vigor. En una doble vertiente: tanto para el ciudadano, «en la medida que tiene que usar (y pagar) otros medios de transporte alternativos a su vehículo particular, o incluso la compra de un nuevo vehículo que cumpla con los nuevos requisitos medioambientales», como para los negocios, «ya que la restricción en el acceso a esta zona puede tener un efecto disuasorio para las personas que quieran visitarla, y por tanto, dejen de consumir en los comercios/sector hostelero».

3. No existencia del informe de impacto en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad , así como otros colectivos como los menores de edad y las personas de edad avanzada.

4. Falta de sometimiento a información pública y audiencia del texto de la ordenanza, ya que no fue hasta después del primer trámite de audiencia cuando se incluyó la delimitación de la zona de bajas emisiones Madrid Central. Así, se considera que «se impidió a los afectados poder alegar en defensa de tales intereses y podría entenderse incumplido el procedimiento legalmente establecido», lo que constituiría «un motivo de nulidad, de acuerdo a la jurisprudencia sobre la materia».

5. El perímetro de Madrid Central no comprende las zonas más contaminadas de la ciudad, según el informe de calidad del aire del propio Ayuntamiento de Madrid de 2017. Este documento indica que las los valores máximos de concentración de NO2 se dieron en las estaciones de medida de Escuelas Aguirre y de la Plaza Fernández Ladreda, ambas fuera del perímetro de las nuevas restricciones.

6. No hay evaluación del impacto medioambiental en las zonas colindantes a Madrid Central por el aumento de tráfico rodado en dichas zonas, así como el posible riesgo sanitario de la población.

7. No se ha dado audiencia a los municipios limítrofes.

8. Se omite la reserva de una plaza de aparcamiento por cada 40 para personas con discapacidad, «por lo que no respeta la legislación estatal y autonómica respecto de la reserva mínima de plazas» para dicho colectivo.

9. La entrada en vigor de Madrid Central no lleva consigo medidas que permitan su aplicación «eficaz». En concreto, se señala que no consta que se haya dotado a la capital de nuevos carriles de acceso preferente para autobuses interurbanos en las principales vías de acceso, ni que se hayan abierto aparcamientos disuasorios, ni que exista una planificación de transportes más allá de la prevista para la EMT, «obviando que parte de los desplazamientos que se realizan en ciudad son precisamente de viajeros que proceden de fuera de ella».

 

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